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POSTULACIÓN Y BENEFICIOS
LEY 20.330
La ley establece que los deudores del crédito solidario universitario regulado por la ley N° 19.287, sus modificaciones y reglamentos, y los deudores del crédito para estudios de educación superior a que se refiere la ley Nº 20.027 y su reglamento, que a contar del 1 de enero de 2009 se incorporen a prestar servicios remunerados en las municipalidades, corporaciones y fundaciones municipales, o asociaciones municipales, correspondientes a comunas con menores niveles de desarrollo del país, podrán acceder a los beneficios que se establecen en su artículo 2º.
Asimismo, podrán acceder a los beneficios establecidos en el artículo 2°, los deudores que, cumpliendo los requisitos que señala la ley, se incorporen a prestar servicios remunerados en corporaciones, fundaciones u organizaciones no gubernamentales, en adelante ONG, que presten funciones de apoyo a los municipios de las comunas con menores niveles de desarrollo del país.
El beneficio es de un monto equivalente al valor de la cuota anual del crédito que le correspondería pagar durante dicho año, o a un monto equivalente a la cantidad pagada de su crédito en el año calendario anterior, según corresponda. Con un tope anual de dieciséis unidades tributarias mensuales.
Esta Intendencia Regional ha establecido como plazo máximo para la recepción de postulaciones el último día hábil del mes de mayo de 2011.
Para consultas la profesional responsable es:
- Srta. Marta Contreras Cortes, Jefa Departamento Social.
- Fono: 052-212634
- Email: mcontrerasc@interior.gov.cl
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