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LEY 20.330

Ley 20.330 (Requisitos y Trámites)

 

La Ley 20.330 incentiva prestación de servicios de profesionales en comunas de menores niveles de desarrollo del país.

Según lo establecido en el Decreto N° 565, de fecha 22 de marzo 2018, de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo, las comunes con menores niveles de desarrollo en la Región de Atacama son: Caldera, Tierra Amarilla, Chañaral, Diego de Almagro, Alto del Carmen, Freirina y Huasco, situación por la que se ha asignado un total de 09 cupos a nivel Regional.

Los requisitos para postular son los siguientes:

Haber obtenido un título de una carrera programa o especialidad imparitda por una institución de Educación Superior autónoma o reconocida oficialmente por el Estado.

Ser deudor del Crédito Solidario Universitario regulado por la Ley N°19.287, sus modificaciones o reglamentos ó del Crédito para estudios de Educación Superior a que se refiere la Ley N°20.027 y su reglamento.

Encontrarse al día en el pago de las obligaciones derivadas de los créfitos a que se refiere el numeral anterior al momento de postular durante y durante todo el periodod en que se presten los servicios, conforme a lo dispuesto en esta Ley.

Efectuar la prestación de servicios remunerados en algunas de las Municipalidades, Corporaciones y Fundaciones Municipales, Asociaciones Municipales o establecimientos dependientes de los Servicios de Salud, según sea el caso, o en Corporaciones, Fundaciones u ONGs que presten servicio de apoyo a los municipios, en comunas con menores niveles de desarrollo del país determinadas por el reglamento.

El trámite se realiza de la siguiente forma:

Los postulantes deben presentar una solicitud ante la Intendencia Región de Atacama, de la institución donde presten servicios, una vez cumplido un año ininterrumpido de la prestación de algunos de los servicios que define la Ley cuyo modelo se encuentra para ser descargado en la sección DOCUMENTOS, el que debe acompañar los siguientes antecedentes:

  1.  Formulario de postulación.
  2. Fotocopia cédula de identidad ambos lados del postulante.
  3. Copia simple del certificado de título técnico de nivel superior, de título profesional o de grado académico correspondiente. La institución de educación superior debe ser autónoma y reconocida oficialmente por el Estado.
  4. Certificado emitido por el Alcalde(sa) de la Municipalidad o representante legal de la Corporación, Fundación u Organización No Gubernamental (ONG) que presta funciones de apoyo a los Municipios en que consten la contratación del postulante en los términos establecidos en el artículo 9° del reglamento de la Ley Nº 20.330. La jornada independiente de su calidad jurídica, debe ser equivalente igual o superior a 44 horas semanales, salvo los casos que señala la Ley. En el certificado debe especificar los datos personales del postulante, nombre completo, RUN, fecha inicio de prestación de servicios con 44 horas, cargo que desempeña, tipo de contratación y vigencia del contrato, según corresponda.
  5. Certificado emitido por el respectivo Administrador General del Fondo de Crédito Solidario, Ley N° 19.287, en que conste la condición de deudor, la circunstancia  de haber realizado la declaración anual de ingresos, el monto de la cuota que le corresponde pagar en el año, el saldo por pagar de la deuda y el hecho de estar al día en sus obligaciones. Se entenderá que dichos deudores se encuentran al día en el pago de las obligaciones derivadas de sus créditos, si han pagado el monto total de la o las cuotas anuales exigidas, al momento de postular y acceder al beneficio y durante todo el periodo en que se presten los servicios.
  6. Certificado emitido por la Comisión Administradora del Sistema de Créditos para Estudios Superiores, Ley N° 20.027, conste la condición de deudor, el saldo por pagar, las cuotas que faltan por pagar y el hecho de estar al día en el pago de las obligaciones. Se entenderá que dichos deudores se encuentran al día en el pago de las obligaciones derivadas de sus créditos si han pagado todas las cuotas mensuales exigidas en razón del crédito, al momento de postular y acceder al beneficio y durante todo el periodo en que se presten los servicios.
  7. Para el caso de deudores de ambos sistemas de créditos, deberán presentar ambos certificados.
  8. Certificado de las rentas mensuales brutas percibidas por el postulante correspondiente a los últimos 3 meses a la fecha de postulación. Este certificado debe ser extendido por el empleador con timbre y firma del funcionario responsable.

Sus postulaciones deben ser entregadas en la Oficina de Partes de la Intendencia Región de Atacama.

Esta Intendencia Regional ha establecido como plazo máximo para la recepción de postulaciones el día 05 de septiembre de 2018. 

Para más informaciones y/o consultas deben contactarse con Sra. Karla Araya Cepeda, Profesional Departamento Social, Fono: 052.2256500.

 DOCUMENTOS: